Devolución Anticipada de IVA
Solicitamos la devolución del remanente de crédito fiscal acumulado por adquisiciones de activo fijo, sin esperar a imputarlo contra débitos futuros.
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Acompañamos a personas naturales y empresas de todo Chile a recuperar el IVA asociado a sus inversiones, mejorando su flujo de caja con pleno cumplimiento normativo.
Analizamos, preparamos y representamos. Cubrimos todo el proceso, desde la evaluación de procedencia hasta la respuesta ante el Servicio de Impuestos Internos.
Solicitamos la devolución del remanente de crédito fiscal acumulado por adquisiciones de activo fijo, sin esperar a imputarlo contra débitos futuros.
Ver el servicioInterpretación técnica del artículo 27 bis aplicada a tu caso: requisitos, plazos, obligación de restitución y resguardo del cumplimiento normativo.
Ver el servicioRevisión integral de tus proyectos de inversión para identificar el crédito fiscal recuperable y convertirlo en flujo de caja disponible.
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Somos un equipo de profesionales especializados en asesoría tributaria, contable y financiera. Nuestro objetivo es que recuperes recursos que puedas destinar al crecimiento, la adquisición de activos o el fortalecimiento de tus operaciones.
Un proceso ordenado que parte por determinar si el beneficio procede en tu caso, antes de comprometer cualquier gestión.
Analizamos tus adquisiciones de activo fijo y el remanente acumulado para determinar si cumples los requisitos del artículo 27 bis.
Revisamos la documentación tributaria, la naturaleza de las inversiones y la correcta imputación del crédito fiscal.
Ordenamos y preparamos todos los antecedentes exigidos para presentar la solicitud de forma completa y consistente.
Presentamos la solicitud y respondemos los requerimientos del Servicio de Impuestos Internos durante todo el proceso.
Es el beneficio del artículo 27 bis del DL N° 825 que permite solicitar la devolución del remanente de crédito fiscal originado en la adquisición de bienes del activo fijo, en lugar de esperar a imputarlo contra futuros débitos de IVA. Se traduce en una recuperación anticipada de caja.
De forma general, se requiere mantener un remanente de crédito fiscal acumulado durante al menos seis períodos tributarios consecutivos, originado en adquisiciones de activo fijo. La procedencia concreta depende de la naturaleza de la inversión y de la situación tributaria de cada contribuyente, por eso realizamos una evaluación previa.
Sí. El artículo 27 bis contempla una obligación de restitución mediante pagos adicionales de IVA, en la medida en que se generen operaciones afectas. Parte de nuestra asesoría consiste en explicar y proyectar ese efecto antes de presentar la solicitud, para que no existan sorpresas.
Sí. Trabajamos con personas naturales y empresas de todo Chile. El proceso se puede llevar de forma remota, con reuniones en línea y envío digital de la documentación.
Depende de la complejidad del proyecto, del volumen de documentación y de los plazos de revisión del Servicio de Impuestos Internos. Tras la evaluación previa entregamos una estimación realista para tu caso concreto.
Cuéntanos sobre tu proyecto de inversión y evaluamos sin costo la procedencia del beneficio.